Aspectos Generales
Misión
La Academia Nacional de Ciencias, es un foro permanente de discusión y análisis científico, con el deber constante de generar una cultura científica y el progreso de la misma, por medio de la investigación y las relaciones científicas entre sus miembros y otras agrupaciones científicas, a través de la colaboración con organismos nacionales e internacionales.
Visión
La Academia Nacional de Ciencias esta comprometida a brindar una ética científica a la Nación, y ser promotora del desarrollo científico, con el apoyo del gobierno para el logro de sus objetivos.
Objetivos
- Promover la investigación científica y el desarrollo tecnológico del país.
- Fomentar la difusión y el intercambio de información y material científico y tecnológico, entre la Academia, las instituciones y los entes públicos del país.
- Constituir un foro multidisciplinario de discusión científica permanente, con énfasis en el avance global de la ciencia y en la investigación de los problemas nacionales.
- Colaborar al mejoramiento de los recursos humanos dedicados a la investigación científica.
- Velar por la calidad de las actividades científicas y el cumplimiento de principios éticos en su realización.
- Proponer proyectos de ley y decretos en el campo de su competencia.
- Firmar convenios con instituciones públicas o privadas, nacionales y extranjeras.
- Fomentar la conservación del acervo científico nacional.
- Programar foros y conferencias científicas y participar en los que se realicen sobre el particular, tanto dentro como fuera del país.
- Recibir y analizar los planteamientos y las propuestas que le presentan las personas, físicas y jurídicas, interesadas en el quehacer científico nacional.
Base Legal
La Academia Nacional de Ciencias fue fundada el 26 de junio de 1992 mediante Decreto Ejecutivo Nº 21358 – MICIT. En 1995, se promulgó la Ley 7544 (Ley de Creación de la Academia Nacional de Ciencias), que la crea como un ente público no estatal. Está también amparada a la Ley Nº 7169 Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, en su Artículo Nº 66 establece que tanto el Consejo Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, como el Ministerio de Ciencia y Tecnología, deben promover el establecimiento y contribuir al desarrollo de la institución de mayor nivel de la comunidad científica nacional, denominada Academia Nacional de Ciencias.
La labor de la Academia es fomentada por sus miembros en forma desinteresada, voluntaria y altruista. La labor responde al noble deseo de sus miembros de servir a Costa Rica y contribuir al progreso global de la Ciencia en nuestro país.
Funciones
- Brindar asesoría a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y participar en comisiones gubernamentales de carácter científico-tecnológico, algunas de las cuales han sido creadas por leyes específicas. Entre estas comisiones están:
- Consejo Consultivo de Ciencia y Tecnología
- Consejo Nacional de Investigación en Salud
- Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad
- Comisión Técnica Nacional de Uso y Manejo y Conservación de Suelos
- Comisión Asesora en Detección y Prevención de Armas Biológicas y Químicas, Ministerio de Salud
- Comisión Nacional de Desarrollo Sostenible (actualmente inactiva)
- Jurado del Premio Clodomiro Picado Twight en Ciencia
- Jurado del Premio Clodomiro Picado Twight en Tecnología
- Organizar foros, simposios, congresos y publicar sus memorias. Los volúmenes hasta hoy publicados son:
- “Desarrollo Sostenible : La Opción para Costa Rica”
- “Conservación del Bosque en Costa Rica”
- “San José: Gloria, Ocaso y Rescate”
- “El Dengue”
- “Desarrollo Científico y Tecnológico en Costa Rica”
- “Logros y Perspectivas” (tres tomos):
- “Tomo I: Ciencias de la Salud”,
- “Tomo II: Ciencias Exactas y Naturales y Desarrollo Tecnológico”,
- “Tomo III: Marco Institucional, Relevancia y Perspectivas de la Ciencia y la Tecnología”.
- Nombrar comisiones propias dedicadas a actividades específicas. De carácter permanente dentro de los que se tienen:
- Comisión de Bioética
- Comisión de Educación
- Comisión de Membresía
- Comisión del Dominio Superior de Internet
- Ser depositaria del Dominio Superior (Top Level Domain, TLD) de Internet para Costa Rica, el cual fue conferido a la Academia Nacional de Ciencias por la Internet Assigned Numbers Authority (IANA) el 10 de septiembre de 1990, para la coordinación y administración de los dominios en la jerarquía CR. En la actualidad la administración del TLD en la asignación de dominios se rige bajo las normas de la Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN) y de la IANA en la administración de direcciones IP. La administración del Dominio Superior se rige bajo normas que garantizan la absoluta equidad y transparencia en la asignación de dominios y direcciones IP. La Academia coordina y administra el Dominio Superior de Internet por medio de una unidad especializada de servicio, con el nombre de “NIC – Internet Costa Rica”. Con fondos recaudados a través de la administración del Dominio Superior, la Academia ha colaborado con el desarrollo de la red académica de Internet en Costa Rica. Dichos fondos solamente pueden ser utilizados en el mejoramiento y apoyo de ese dominio y de la red académica de Internet.
NIC – Internet Costa Rica
La Internet Assigned Numbers Authority ( IANA ) delegó el 10 de setiembre de 1990 a la Academia Nacional de Ciencias el Dominio Superior (Top Level Domain -TLD).cr para Costa Rica, para la coordinación y administración de los nombres de dominios en la jerarquía .cr.
En la actualidad, la administración del TLD en la asignación de dominios se rige bajo las normas del Internet Corporation for Assigned Names and Numbers ( ICANN ) y de la Internet Assigned Numbers Authority ( IANA ) en la administración de direcciones IP. Estas normas garantizan la absoluta equidad y transparencia en la asignación recursiva de los dominios bajo .cr.
La Academia Nacional de Ciencias, brinda a la comunidad de Internet el servicio de registro de nombres de dominios .cr a través de su dependencia NIC – Internet Costa Rica.